La ley 27.551 vigente desde el 1 de julio de 2020 (hoy derogada por el Ley N° 27.742) que reforma nuestro Código Civil y Comercia establece que el precio del alquiler para los contratos de locación con destino a vivienda, debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual solo pueden realizarse ajustes anuales utilizando un índice llamado “ICL” (Índice de Contratos de Locación) calculado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), dicho índice está conformado en partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) realizado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE) perteneciente a la Secretaría de Seguridad Social, la cual depende del Ministerio de Trabajo.
Para calcular el aumento del alquiler en base al Índice de Contratos de Locación (ICL) debe calcularse la variación que tuvo el índice durante el primer año de alquiler.
Los pasos a seguir son los siguientes:
1. Ingresar a la pagina del BCRA y verificar el valor del índice correspondiente al primer y último día del periodo que se quiere calcular.
2. Tomar el precio actual del alquiler a ajustar y dividirlo por el valor del índice con fecha de inicio del contrato.
3. Multiplicar la cifra obtenida anteriormente por el índice de la fecha en la que cambia el monto de alquiler.
4. Así da como resultado que en un contrato firmado el 1/04/2021 y cuyo precio inicial se haya fijado en la suma de $ 60.000 para el primer año, el precio para el segundo año se incrementa en $ 32.195 dando como resultado la suma total de $ 92.195 como nuevo canon mensual para el segundo año.
El cálculo sería el siguiente:
60.000 (1) ÷ 1,23 (2) × 1,89 (3) = 92.195(4)
(1) Monto inicial del contrato: 60.000
(2) Índice al inicio del contrato: 01/04/2021 = 1,23
(3) Índice a la fecha de actualización: 01/04/2022 =1,89
(4) Monto actualizado del contrato: 92.195
Por otro lado las partes contratantes en un contrato de locación con destino comercial, profesional u otros destinos que no sean vivienda, se encuentran habilitadas para acordar libremente su forma de actualización.
Algunas de estas formulas podrían ser:
Para calcularlo se planifica un monto para todo el plazo contractual, se divide en periodos y se pactan pagos progresivos ascendentes a medida que transcurren los distintos periodos.
Para calcularlo se pacta una suma de dinero necesaria para adquirir una cantidad cierta de productos o servicios.
Para calcularlo se acuerda vincular el aumento del canon locativo al resultado un índice de referencia a elección de las partes, por ejemplo el Índice de Precios al Consumidor.
Para calcularlo se acuerda el pago en moneda extranjera.
Cabe aclarar que se puede acordar el pago del canon locativo de un alquiler de inmuebles con destinos vivienda en moneda extranjera siempre que el pago se haga en esa moneda y no como valor de referencia para abonarlo en pesos.
Cabe aclarar que se puede acordar el pago del canon locativo de un alquiler de inmuebles con destinos vivienda en moneda extranjera siempre que el pago se haga en esa moneda y no como valor de referencia para abonarlo en pesos.